Que la devuelvan
Por Manuel Garrido, diputado nacional por la UCR.
Esta semana presenté un proyecto de ley para recuperar los bienes que hayan sido adquiridos mediante la realización de actividades ilícitas en perjuicio del Estado o en caso de enriquecimiento injustificado por parte de funcionarios públicos en aquellos casos en los que en los que sin haberse practicado el decomiso previsto en el artículo 23 del Código Penal de la Nación la persona sometida a proceso penal haya fallecido; haya sido declarada rebelde; haya sido declarada inimputable; o haya prescripto la acción penal.
La corrupción causa un daño gravísimo a toda la sociedad y como consecuencia de ella, millones de pesos son sustraídos de las arcas del estado. Además, cuando Argentina suscribió a la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC) se comprometió ante la comunidad internacional a adoptar las medidas necesarias para permitir el decomiso de bienes sin que medie una condena en sede penal y este proyecto viene cumplir con dicho compromiso.
La adopción de normas de esta naturaleza, que ya existen en países como el Reino Unido, Estados Unidos, Colombia o Perú, es una gran oportunidad para que Argentina recupere bienes o activos que ha perdido a causa de la corrupción; Medidas de este tipo tienen una doble implicancia: económica y simbólica. Se recuperan bienes sustraídos de las arcas públicas y se envía un mensaje claro a la sociedad de que bajo ningún supuesto los actos de corrupción quedarán impunes.
