La Justicia impidió tocar las reservas

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Entendió que no está justificado el DNU que creó el Fondo del Bicentenario y sugirió que debió haberse llamado al Congreso.

La Nación – La Justicia asestó ayer un duro revés a las intenciones del Gobierno de disponer mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) de las reservas del Banco Central para conformar un fondo de garantías para pagar la deuda pública. La Cámara en lo Contencioso Administrativo entendió que no había razones extraordinarias que justificaran tomar esa medida por decreto sin consultar al Congreso y confirmó lo resuelto en primera instancia.

Al mismo tiempo, señaló que la continuidad o no de Martín Redrado al frente del Banco Central debe ser resuelta por el Congreso y el Poder Ejecutivo, con lo que se abrió una batalla de interpretaciones acerca de si podía o no quedarse en el cargo. El único límite que dejaron explícito fue que el Gobierno debía abstenerse de nombrar a otro jefe permanente de la entidad monetaria hasta que se cumpla el proceso de consulta al Parlamento, iniciado anteayer.

Redrado advirtió que no piensa renunciar porque no tiene razones para hacerlo, pero el Gobierno dijo que le iba a prohibir el ingreso en el banco. Redrado hasta ahora mantenía su cargo, amparado por un fallo de primera instancia. Ahora la Justicia entendió que la situación cambió con la convocatoria a la comisión bicameral que debe revisar su situación.

Las camaristas Marta Herrera y Clara do Pico respaldaron los reclamos de la oposición, que había cuestionado la legitimidad del DNU 2010/09, por el cual se creó el denominado Fondo del Bicentenario para pagar deuda con 6500 millones de dólares de las reservas.

Según las juezas, no estaban dadas las condiciones de excepcionalidad que justificaran el decreto. Por ejemplo, el Ejecutivo no mencionó en qué fecha de 2010 vence la primera cuota de los pagos de la deuda pública del Tesoro para justificar la urgencia.
Trámite extraordinario

Dijeron que no puede justificarse el dictado del decreto sólo mencionando su urgencia y necesidad, sino que se requiere que la situación sea de una entidad suficiente como para que sea imposible seguir los trámites ordinarios.

El receso del Congreso no habilita firmar DNU, máxime cuando no se mencionaron razones para no convocar a sesiones extraordinarias del Congreso, argumentaron.

Buscaron respaldo en dos fallos de la Corte Suprema que señalan que los DNU se justifican cuando exista un "grave trastorno que amenace la existencia, la seguridad o el orden público o económico". No existe tal estado de excepción -dicen las juezas-, que recordaron que la Constitución prevé los DNU, pero al mismo tiempo atenúa el sistema presidencialista, dándoles relevancia a los controles que deben ejercer los otros poderes.

Y para que sea posible firmarlos debe ser imposible que se reúnan las cámaras del Congreso, como en el caso de guerras o desastres naturales, o que la situación requiera una solución tan urgente que no pueda esperar el dictado de una ley.

El recurso de amparo había sido presentado por el diputado de Pro Federico Pinedo y por Juan Carlos Vega, de la Coalición Cívica. La jueza María José Sarmiento les había dado la razón. El Estado apeló y ayer las juezas resolvieron. Aclararon que su fallo no implica poner en tela de juicio la competencia de cada uno de los poderes del Estado, sino adecuarlos a la ley. Así parecieron contestarle a la Presidenta, que criticó al Poder Judicial porque dijo que se tomaba atribuciones del Poder Ejecutivo.

Las camaristas también dijeron que los legisladores opositores podían reclamar a la Justicia por el DNU, porque no podían actuar como diputados con el Congreso cerrado. Las juezas dijeron que -como no se habilitaron las sesiones extraordinarias- no podrían controlar la legalidad de los DNU.

No obstante, aclararon que no se trata de analizar si era correcto o no usar las reservas para constituir un fondo para el pago de la deuda, sino si el DNU es constitucional.

Con respecto a Redrado, las juezas no fueron tan tajantes. Destacaron que para removerlo por decreto la Presidenta había obviado convocar antes a la comisión bicameral que debía pronunciarse sobre si había cometido o no un incumplimiento de sus deberes. Pero ahora lo hizo, con lo que saneó los vicios legales anteriores. Por eso, dijeron que ya no se justifica que el Poder Judicial se entrometa en esas cuestiones que debe resolver el juego de los poderes Ejecutivo y Legislativo. Pero ordenaron que no puede nombrarse al sucesor de Redrado de manera definitiva hasta que no se pronuncie el Congreso.

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