El doble estandarte de CFK

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Por Ricardo Gil Lavedra, presidente del bloque de Diputados Nacionales UCR

“La Presidente Cristina Fernández de Kirchner prestó declaración ayer, vía videoconferencia, frente a un tribunal extranjero, el Tribunal Ordinario de Roma de la VI Sección Penal, en el marco de una causa penal por “difamación””, señaló el presidente del bloque de diputados nacionales de la UCR, Ricardo Gil Lavedra. Agregó que “esta causa fue iniciada en 2008 por la denuncia que la Presidente hizo contra dos periodistas del periódico italiano Corriere della Sera, la autora y un editor, por considerar que una nota publicada en ese medio era difamatoria hacia su persona, basada en una mentira y publicada con intenciones de verdadera malicia”.

“Frente a lo que consideró una publicación falsa y dañina a su persona y autoridad, y considerar que el periódico no realizó una desmentida como correspondía, la Presidente no vaciló en iniciar una causa penal contra los dos periodistas responsables de la nota de marras –recordó-. Del mismo modo que, frente a la presentación penal realizada por el Grupo Clarín el jueves 22 de noviembre en la que se involucraba a periodistas, no vaciló en condenar una posible denuncia penal contra periodistas.”

Gil Lavedra afirmó que “la defensa de la libertad de prensa, como garantía de la difusión de ideas e información a todos los individuos, es esencial para la subsistencia de una sociedad democrática, al punto que no puede concebirse ésta sin la plena vigencia de aquella. El problema comienza cuando, so pretexto de defender la libertad de expresión, se emprende una ruidosa y ampulosa cruzada para garantizarla cuando se trata de periodistas adictos y, por otro lado, se persigue penalmente a periodistas críticos, aunque sea fuera del país”.

También sostuvo que “los periodistas italianos a los que acusa penalmente la presidente se encuentran amparados por el mismo principio universal. Si el compromiso con la defensa de la libertad de expresión lleva a denostar el uso del derecho penal contra periodistas por sus publicaciones, entonces este repudio tiene que mantenerse igual en todos los casos. Hacer esta diferenciación es un atentado colosal a otro principio rector de nuestra sociedad, el principio de igualdad”.

“Qué van a decir ahora los corifeos del poder embanderados en la libertad de expresión? Qué Clarín no debe denunciar penalmente a periodistas pero que la Presidenta sí puede hacerlo? Se alzará ahora alguna voz de repudio? Se emitirán declaraciones, se harán conferencias de prensa y se reunirá presurosa la Comisión de Libertad de Expresión del Congreso?, se preguntó.

“En materia de defensa de derechos fundamentales debemos actuar con seriedad y no con un oportunismo patético. Denunciar penalmente a periodistas con motivo de sus tareas viola la libertad de expresión, se trate de un grupo privado o de la propia Presidenta de la República”, remató Gil Lavedra. 

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