Ajustes de precios y de salarios

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LaNación.com.ar– Por Roberto Frenkel. A lo largo de varios años dedicamos mucho trabajo al estudio de la inflación. No fue porque tuviéramos particular predilección por el fenómeno, sino porque nuestro trabajo de investigación siempre estuvo enfocado principalmente hacia la economía argentina y otras economías latinoamericanas, y éstas experimentaron dramáticos procesos inflacionarios por largo tiempo.

La economía argentina, en particular, configuró un régimen de funcionamiento -que denominamos régimen de alta inflación- bajo el cual se desenvolvió con tasas de inflación (anuales) de tres o más dígitos durante quince años. Este fue también un período de estancamiento del producto y gran volatilidad del nivel de actividad. De esos estudios se derivaron un conjunto de lecciones novedosas, básicamente porque en los procesos de alta inflación ciertos rasgos del fenómeno se acentúan notablemente y ponen de relieve características que suelen pasar inadvertidas con inflaciones de menor magnitud. En esta nota comentamos algunas de esas lecciones.

Antes de entrar en el tema principal permítaseme una digresión. La relevancia para el análisis del funcionamiento actual de la economía argentina de las cuestiones que comentaremos surge de la aceleración que experimentó la inflación recientemente. Dejamos atrás tasas de un dígito para ubicarnos en tasas en torno de un 20%. Con tasas de esta magnitud esas cuestiones se hacen relevantes.

Un conjunto de economistas considera que la aceleración de la inflación experimentada es un resultado esperable e inevitable de la política macroeconómica instrumentada desde 2003, singularmente de la preservación de un tipo de cambio real competitivo. Distintos economistas argumentan con distintos modelos para llegar a esa conclusión común.

No estoy de acuerdo con esas interpretaciones. En mi opinión, la meta de preservar un tipo de cambio competitivo era y es compatible con la instrumentación de las políticas monetaria y fiscal y la política de ingresos para contener la inflación en tasas bien inferiores a las actuales. Esta opinión me lleva a poner la responsabilidad por la aceleración inflacionaria precisamente en la falta de las políticas que deberían haber acompañado la cambiaria para evitar la aceleración de la inflación. Sigo pensando que el gobierno debe evitar que la aceleración de la inflación y sus efectos erosionen y extingan el régimen de tipo real competitivo.

Es central para el tema de esta nota mencionar que las actividades y transacciones de los agentes económicos se desarrollan a través de una trama de contratos denominados en dinero. El asalariado vende el servicio de su trabajo mediante un contrato que determina su precio durante cierto período (aun en el mercado informal el salario se conviene por cierto tiempo). El proveedor de una firma suministra su producto a cierto precio convenido durante un lapso. Hay contratos implícitos, como el que supone la oferta de venta de un producto a determinado precio, que se mantiene constante por algún tiempo. La extensión de un contrato nominal, explícito o implícito, es el máximo período en el que se mantiene constante el precio convenido o anunciado. La extensión de los contratos con los cuales los agentes están entrelazados como compradores y vendedores tiende a coordinarse en la economía. Por ejemplo, es difícil que los alquileres se ajusten mensualmente si los salarios se ajustan anualmente.

El análisis de los procesos inflacionarios muestra que la extensión de los contratos nominales de la economía -la frecuencia con que se ajustan los precios y salarios- depende de la tasa de inflación vigente. La extensión temporal de los contratos no es un rasgo institucional inerte; tiende a adaptarse al ritmo de inflación. Contratos más extensos corresponden a tasas de inflación bajas. Cuando la inflación se acelera, tiende a acortarse la extensión de los contratos. Hay varias razones para que esto ocurra. Una es que el valor real del flujo de ingresos del contrato, dada su extensión, es menor cuanto mayor es la tasa de inflación. A cierta tasa esperada, acortar el período de ajuste eleva el valor real esperado del flujo. Otra razón es que la incertidumbre de la tasa es mayor cuanto mayor es la tasa esperada. Acortar el plazo reduce la incertidumbre del valor real del contrato.

Bien, sabemos que la extensión de los contratos se acorta cuando la inflación se acelera. ¿Cuál es el problema? El problema es que el impacto inflacionario permanente de cualquier shock que eleve puntualmente la tasa de inflación es mayor cuanto menor es la extensión de los contratos nominales. Nos explicamos: aunque no exista indexación formal, la inflación pasada, esto es, la inflación acumulada entre el último ajuste del contrato y el que corresponde en el momento, tiene un peso importante en la magnitud del aumento actual. Cuanto menor es el período de ajuste, mayor será el traslado a la inflación presente de cualquier aumento de precios que impactó entre los reajustes. Con el acortamiento de los contratos la economía se hace más propensa a la aceleración de la inflación. A igual shock, la aceleración de la inflación tiende a ser mayor cuanto menor es la extensión de los contratos.

Defensa ilusoria

La ley no autoriza contratos indexados, esto es, contratos cuyo ajuste periódico -el período de ajuste de un contrato indexado- esté pactado para ejecutarse automáticamente en función de un índice de inflación de referencia. Pero la prohibición no hace desaparecer la esencia de la institución. El ajuste del salario o precio por la inflación pasada está fundado en el sentido común de volver con el ajuste actual al valor real que tenía el bien o servicio en el último ajuste practicado.

Sabemos que esta práctica es una defensa ilusoria del valor real del flujo de ingresos del contrato, pues éste depende de la tasa de inflación futura, la que regirá después del ajuste. Pero la recuperación del pico previo es una solución factible, aunque defectuosa, frente a los costos y conflictos de la renegociación y la ausencia de indicaciones más o menos consensuadas sobre la inflación futura. Actualmente, a falta de un índice oficial creíble se utilizan estimaciones ad hoc, que probablemente sesgan hacia arriba la tasa de inflación pasada.

Llamar la atención sobre estas cuestiones parece relevante porque hay varias indicaciones de que la aceleración de la inflación está afectando la extensión de los contratos. Por un lado, las autoridades deben tener en cuenta el tema, porque sus decisiones tienen incidencia en esos cambios. Cabe llamar la atención también sobre otro punto: el proceso inflacionario, cuando se alcanzan tasas como las que experimentamos ahora, no es un sube y baja simétrico. Las adaptaciones a la aceleración de la inflación nos colocan en una situación más propensa a ulteriores aceleraciones. No hay vuelta, hay que bajar la inflación en serio.

El autor es investigador titular del Cedes y profesor de la UBA.

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