Una agenda urgente contra la corrupción
Las iniciativas nacidas para contrarrestar los efectos del menemismo fueron desmontadas por el kirchnerismo. Ahora, se debe promover la transparencia de los actos de gobierno a través de un plan articulado que garantice el acceso a la información y jerarquice los organismos de control. Por Lilia Puig de Stubrin y Manuel Garrido
Clarín – Tradicionalmente, la lucha contra la corrupción se basó en la penalización, pero este paradigma cambió por uno basado en la prevención plasmado en la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC).
Mientras el Poder Judicial debe cumplir eficientemente su función punitiva y el Poder Ejecutivo asumir el diseño e implementación de una política pública de transparencia, el Congreso de la Nación debe sancionar normas claves en este sentido.
Los hechos de corrupción suscitados en el gobierno de Carlos Menem requirieron respuestas concretas. No se trataba sólo de castigar a los corruptos, sino de evitar que actos similares volvieran a ocurrir.
Las iniciativas de principios de 2000 para contrarrestar los efectos del gobierno menemista, como la creación de la Oficina Anticorrupción, fueron destruidas por el kirchnerismo. El entramado de negocios privados y públicos, el manejo poco transparente de subsidios y el desvío de fondos públicos han sido protagonistas de grandes escándalos durante el actual gobierno. La lamentable tragedia de Once puso en evidencia el impacto de la corrupción.
Para promover la transparencia se requiere decisión política.
Las principales acciones deben ser las siguientes: 1) Acceso a la información pública. Debe sancionarse una ley que garantice el ejercicio efectivo del derecho humano a acceder a información del Estado. El principio es la publicidad y el secreto es la excepción.
2) Jerarquización de organismos de control. Se debe fortalecer la Oficina Anticorrupción y la Fiscalía de Investigaciones Administrativas; así como también garantizar a la Auditoría General de la Nación pleno acceso a información y participación en la aprobación del Presupuesto Nacional.
3) Protección de testigos y denunciantes de hechos de corrupción (whistleblowers). Peritos, testigos, víctimas e informantes de actos de corrupción son un punto neurálgico de toda investigación. Pero sin normas que les brinden protección difícilmente pueda contarse con su colaboración. El Congreso debe sancionar una ley que les brinde seguridad física y jurídica.
4) Reforma de la Ley de Inteligencia. La Secretaría de Inteligencia está cuestionada por uso abusivo de información, corrupción de funcionarios y causas "armadas". La reforma debe encauzar su funcionamiento dentro de los límites del Estado de Derecho. Los gastos reservados sin control atentan contra la transparencia de la actividad.
5) Reforma de la Ley de Ética Pública. Esta ley no solo reglamenta las declaraciones juradas de funcionarios públicos sino que regula otros instrumentos normativos. La reciente eliminación de la Comisión Nacional de Ética Pública (ley 26.857) impide la aplicación de la ley.
Es indispensable modificar esta situación para que finalmente nuestro país cuente con una adecuada ley de ética pública.
6) El Lobby legítimo. En la oscuridad, el lobby puede dar lugar a tráfico de influencias o conflictos de interés. Es indispensable sancionar una ley que abarque a los tres poderes.
Mientras tanto, la Jefatura de Gabinete de Ministros debe aplicar correctamente el instrumento de gestión de intereses previsto en el Decreto 1172/03.
7) Ley de fideicomiso ciego, a fin de que los funcionarios públicos entreguen la administración de sus activos e intereses financieros a un "fideicomiso ciego" con el cual no tienen relación ni contacto, garantizando que las decisiones sobre dicho fondo se realicen con independencia del accionar público.
8) Extinción de dominio a favor del Estado de los bienes incorporados sin justificación legítima al patrimonio de funcionarios o a persona interpuesta y de los bienes adquiridos por medios ilícitos en perjuicio de la administración pública.
9) Incorporación al Código Penal de la figura del "arrepentido" para delitos de corrupción. Es indispensable su incorporación con el objeto de lograr mayor eficiencia en la prevención y lucha contra la corrupción.
La corrupción no sólo corroe el estado de derecho democrático y republicano, sino que afecta directamente a la vida, la libertad y las posibilidades económicas de todos y cada uno de los argentinos. Un gobierno de mayorías nunca puede ser un gobierno que acepte la corrupción, mucho menos que la acobije.
En la actual distorsión democrática, se abusa de las mayorías sometiéndolas con una política clientelar, apropiándose de los valiosos recursos que con sólo proponérselo permitirían orientar la economía hacia el desarrollo y la ciudadanía plena.
