La gangrena del control

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Por Manuel Garrido – Ex Fiscal de Investigaciones Administrativas y diputado nacional UCR.

Ambito.com – Uno de los componentes del paquete de la llamada pretenciosamente "democratización de la justicia" es la propuesta de otorgar igual publicidad a las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios de todos los poderes del Estado.

La Presidenta ha anunciado esta propuesta como la vía para acabar con los límites al acceso a las declaraciones juradas que especialmente los jueces y los fiscales, pero también los legisladores, han establecido mediante trabas burocráticas, requisitos inexistentes y formalidades exasperantes que desde la puesta en vigencia de la ley 25.188 (de Ética Pública) han contrastado con la agilidad y simpleza aplicado al mismo trámite en la Oficina Anticorrupción para poder acceder a las declaraciones de los funcionarios del Poder Ejecutivo.

Pese al loable propósito que, como suele suceder, se esgrime como fundamento del proyecto, su análisis más detenido nos hace abrigar una grave preocupación por los efectos reales de lo que seguramente se aprobará.

La Presidenta ha señalado como un aspecto positivo que lo que se publicará será igual a lo que se presente ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Sin embargo, el texto de la ley no indica a cuál de los formularios -ya sea de ganancias o de bienes personales- se hace referencia.

El principal riesgo de la norma surge de la comparación de los formularios de la AFIP con los que hasta hoy se presentan de acuerdo con la Ley de Ética Pública.

Su simple análisis permite apreciar que en los formularios de la AFIP no existe información detallada sobre cada uno de los bienes, lo que hace imposible conocer de manera íntegra y poder evaluar el patrimonio y los cambios en su composición. Para ello se necesita acceder a los papeles de trabajo, que tienen carácter de reservados.

Las normas tributarias, por otro lado, valúan los bienes de modo que muchas veces no coinciden con su valor real, por ejemplo cuando su integración al patrimonio se remonta a mucho tiempo atrás.

La publicidad de información críptica y menos detallada no contribuirá a la pretendida transparencia, lo que resulta particularmente delicado cuando su impulsora y sus inmediatos sucesores se hallan cuestionados precisamente por la llamativa evolución de sus bienes.

Para colmo, el proyecto deroga la Comisión Nacional de Ética Pública y sus relevantes funciones de control sin proponer nada a cambio, por lo que no habrá nadie -salvo la Oficina Anticorrupción manejada también por el oficialismo- que tenga a su cargo el control y seguimiento del contenido de esas declaraciones.

La justificación de tal eliminación por el hecho de que esta Comisión nunca se constituyó y que basta con el acceso del público a las declaraciones no puede deberse a un error sino a una deliberada intención de hacer lo contrario de lo que se predica, ya que la publicidad de datos no detallados sin un control y seguimiento por parte de funcionarios especializados equivale a esconder un árbol en el bosque.

Según nuestra Constitución la corrupción es un atentado a la democracia. La aprobación de esta norma y de otras de este paquete, pese al discurso con que se justifican, será un retroceso lamentable en estándares que se habían alcanzado hace tiempo. 

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